TACÓGRAFO

El pasado viernes, 28 de febrero, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) Nº 165/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, relativo a los tacógrafos en el transporte por carretera, por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 3821/85 del Consejo, relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera, y se modifica el Reglamento (CE) nº 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera.

Dos años y medio después de que la Comisión hiciese su propuesta de actualización de las normas de la UE sobre el tacógrafo digital, el texto definitivo de la nueva regulación del tacógrafo ha sido publicado. De este modo el Parlamento y el Consejo dan el visto bueno a la introducción de controles más eficaces y de tacógrafos inteligentes en el transporte por carretera para mejorar el cumplimiento de la normativa europea sobre tiempos de descanso y conducción de los transportistas. La nueva ley pretende mejorar la seguridad vial, reducir el fraude y disminuir el número de controles sobre las empresas.

Así, las empresas de transporte están obligadas a instalar los tacógrafos inteligentes en todos los vehículos nuevos, como muy tarde tres años desde su entrada en vigor. Además, habrá un plazo de 15 años, que comenzará el mismo día, para que las empresas instalen los nuevos aparatos en toda su flota de transporte profesional.

Como ha destacado el vicepresidente y comisario de Transporte Siim Kallas, “se ha alcanzado un buen equilibrio global entre los intereses, en términos de seguridad vial, competencia, condiciones de trabajo de los conductores y los intereses de las industrias fabricantes y de transporte”.

Reglamento de tacógrafos inteligentes

Estos aparatos graban automáticamente la distancia y la velocidad del vehículo, así como el punto de partida y el destino final. También permitirán el control remoto de los datos, tal y como habían pedido los eurodiputados. La capacidad de transmisión de datos por medio de wifi de los nuevos tacógrafos permitirá que las autoridades controlen (aunque no sancionen) a distancia los vehículos sin tener que detenerlos y que centren sus esfuerzos en vigilar con más detalle los vehículos cuyos datos generen dudas.

Estas medidas tienen por objetivo reducir los controles inútiles y, por tanto, la carga administrativa de las empresas de transporte, así como evitar el fraude de los datos.

“Estas normas logran el equilibrio entre la seguridad vial y las condiciones de trabajo por un lado y el respeto por la vida privada y los datos personales de los conductores por otro. El Parlamento ha apoyado la introducción de tacógrafos inteligentes porque mejorarán la aplicación de las normas y reducirán la carga administrativa de las empresas de transporte a medio y a largo plazo”, ha declarado la ponente de este tema en el PE, la socialista rumana Silvia-Adriana Ticau.

Excepciones

Ciertos vehículos serán excluidos del ámbito de aplicación del Reglamento. Las excepciones han sido cuidadosamente equilibradas para garantizar la seguridad vial. Cabe destacar que algunos trabajadores para los que la conducción no es su actividad principal (por ejemplo, fontaneros o electricistas), no tendrán que utilizar tacógrafo siempre que se desplacen dentro de un radio de 100 kilómetros desde la sede de la empresa. Esto a su vez contribuirá a una legislación más inteligente, en beneficio de las PYMEs.

Asimismo, las nuevas normas mejorarán la formación de los profesionales encargados de efectuar los controles.

Datos acerca de tacógrafo

El tacógrafo es un dispositivo que registra el tiempo de conducción, las pausas, los períodos de descanso, así como los períodos de otros trabajos realizados por un conductor. Es obligatoria la instalación de un tacógrafo digital en todos los vehículos con una masa de más de 3,5 toneladas (en el transporte de mercancías) o que transporten más de 9 personas, incluido el conductor (en el transporte de pasajeros).

Desde 1985, la legislación del tacógrafo se ha modificado y actualizado en muchas ocasiones para el progreso técnico, sobre todo en 2006, cuando se introdujo el tacógrafo digital en sustitución del tacógrafo analógico.

Los tacógrafos digitales permiten un registro y almacenamiento de datos más seguro y preciso. Este dispositivo registra todas las actividades del vehículo, por ejemplo, la distancia, la velocidad y los tiempos de conducción y de descanso del conductor. El sistema incluye una impresora para su uso en inspecciones en carretera y el conductor tiene una tarjeta que incorpora un microchip, que el conductor debe insertar en el tacógrafo al tomar el control del vehículo. Esta tarjeta personal asegura que las inspecciones sigan siendo simples. En 2009, el tacógrafo digital se ha actualizado para aumentar su resistencia a las manipulaciones magnéticas y con el fin de mejorar la atención a los registros de conducción durante las operaciones de transporte con múltiples paradas.

Este Reglamento entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la UE y será aplicable a partir del 2 de marzo de 2016, a reserva de las medidas transitorias del artículo 46. No obstante, los artículos 24, 34 y 45 serán aplicables a partir del 2 de marzo de 2015.

Fuente: asintra.org